El Sistema Inter-Americano de Derechos Humanos Ante la Pandemia

Reportes sobre el COVID-19 en América Latina y el Caribe: No. 54 (In English)

Desde la llegada del COVID-19 en América Latina y el Caribe, el Sistema Inter-Americano de Derechos Humanos se ha localizado en la primera línea de la respuesta regional de los derechos humanos ante la crisis. La Comisión Inter-Americana de Derechos Humanos (CIDH o la Comisión) al igual que la Corte Inter-Americana de Derechos Humanos (Corte IDH o la Corte) se vieron forzadas a suspender sus actividades y crear nuevas directivas para trabajar digital y remotamente. Ambas instituciones también crearon grupos especiales para mantener informados al público, partes en un caso y estados miembros sobre las actualizaciones sobre los flujos de trabajo, recomendaciones y el monitoreo de la situación de los derechos humanos en la región. El 28 de marzo de 2020, la CIDH formó la Sala de Coordinación y Respuesta Oportuna e Integrada a la crisis en relación con la pandemia del COVID-19 (SACROI COVID-19) para centralizar sus esfuerzos para proteger los derechos humanos en el contexto de la pandemia. El 9 de abril de 2020, la Corte IDH publicó su resolución no. 1/20 recomendando a sus estados miembros a proteger los derechos humanos y defender la jurisprudencia de la Corte así como las obligaciones internacionales.

Estas respuestas iniciales se encontraron con muchas reacciones de actores en la región. Algunos gobiernos tuvieron que balancear entre la suspención de ciertos derechos humanos durante el estado de emergencia y el seguir sus obligaciones internacionales. Grupos de la sociedad civil han pedido a las instituciones que hagan aún más contra las violaciones de derechos humanos. Desde las recomendaciones, informes a procedimientos oficiales e investigaciones, amabas instituciones han tenido que adaptarse y evolucionar ante una situación que empeora mientras la pandemia continua de devastar la región. En este breve informe mencionaré varias recomendaciones, pautas y comunicados de las dos instituciones al igual que medidas cautelares de la Comisión y medidas provisionales de la Corte emitidas desde el inicio de la pandemia.

Recomendaciones y Pautas Compiladas

Desde el principio, ambas instituciones han publicado y diseminado información a los estados miembros en cuanto a la necesidad de defender los derechos humanos en la región ante esta crisis sanitaria sin precedentes.

En los primeros días de la pandemia en la región (marzo-abril 2020) la CIDH recibió numerosas suspensiones de garantías de diferentes países miembros. Bajo el Artículo 27 de la Convención Americana sobre los Derechos Humanos, países miembros están autorizados a suspender sus obligaciones bajo circunstancias específicas. El Artículo 27 dicta que:

“En caso de guerra, de peligro público o de otra emergencia que amenace la independencia o seguridad del Estado parte, éste podrá adoptar disposiciones que, en la medida y por el tiempo estrictamente limitados a las exigencias de la situación, suspendan las obligaciones contraídas en virtud de esta Convención, siempre que tales disposiciones no sean incompatibles con las demás obligaciones que les impone el derecho internacional y no entrañen discriminación alguna fundada en motivos de raza, color, sexo, idioma, religión u origen social.”

Países como Ecuador, Colombia, Guatemala, Bolivia, Panamá, Chile, Honduras, Argentina, Perú, República Dominicana y El Salvador, todos sometieron notificaciones oficiales para suspender las garantías ante la Comisión, así como las extensiones consecutivas. Para poder enfrentar el incremento inusual de las suspenciones, la Comisión publicó el 20 de abril del 2020 su resolución no. 1/2020 llamada específicamente, Pandemia y Derechos Humanos en las Américas. A través de esta resolución, la CIDH buscó proveer un marco y pautas claros a países miembros a fin de garantizar la protección de derechos humanos durante la pandemia. Esta resolución dio mayor énfasis a las acciones que protegen grupos vulnerables al igual que promueven la cooperación internacional y el intercambio de buenas prácticas entre los gobiernos. Otras resoluciones han sido publicadas con el fin de proveer más información y recomendaciones sobre el desarrollo de la pandemia y las respuestas gubernamentales a la misma.

Tomando en consideración el impacto significativo de la pandemia en los grupos vulnerables, la CIDH emitió varios comunicados e informes específicamente sobre la situación en estos grupos. Por ejemplo, comunicado de marzo 2020 sobre la crisis humanitaria en Venezuela y refugiados venezolanos, comunicado de marzo 2020 sobre la situación de las personas encarceradas, comunicado de abril 2020 sobre la violencia doméstica y sexual en contra de las mujeres, comunicado de abril 2020 sobre inmigrantes, comunicado de mayo 2020 sobre pueblos indígenas, comunicado de mayo 2020 sobre las comunidades LGBTQ+, comunicado de noviembre 2020 sobre garantizar los derechos humanos de mujeres que ejercen trabajo sexual, comunicado de diciembre 2020 sobre el derecho de niños y adolescentes a la educación al igual que otros. La CIDH también emitió comunicados sobre situaciones específicas en varios países como Chile, Perú, Venezuela, Colombia, Nicaragua, Estados Unidos y Brasil.

En un esfuerzo para proveer guías y estándares detallados a autoridades nacionales, la Comisión ha también publicado una serie de guías prácticas. Estas recomendaciones incluyen pautas y medidas de política pública para asegurar la memoria de las personas que han fallecido durante la pandemia, el acceso a la educación y el acceso universal al internet.

Al igual que la Comisión, la Corte IDH ha publicado una serie de cuadernillos que buscan proveer guía legal a países miembros durante la pandemia. Los tres cuadernillos específicamente dirigidos a la crisis sanitaria incluyen el no. 25: orden público y uso de la fuerza, no. 26: restricción y suspensión de derechos humanos y no. 28: derecho a la salud. Estos cuadernillos son una fuente importante en relación a la jurisprudencia de la Corte sobre un tema en particular.

Emitiendo Medidas Cautelares y Medidas Provisionales

La CIDH emitió seis medidas cautelares en el 2020 relacionadas al COVID-19. Las medidas cautelares son emitidas bajo el marco del artículo 25 del reglamento y ellas buscan proteger a un individuo o grupo que se encuentran en “situaciones de gravedad y urgencia que presenten un riesgo de daño irreparable.” De estas seis medidas, dos de ellas trataron sobre la situación precaria de pueblos indígenas ante el COVID-19. Resolución no. 35/2020 buscó que Brasil tomara medidas para proteger a los Yanomami y Ye’kwana de los riesgos inminentes de la pandemia. Similarmente, en la resolución no. 94/2020, la Comisión buscó que Brasil tomara los pasos necesarios para proteger a los pueblos Munduruku de “daños irreparables.”

Las otras cuatro medidas cautelares emitidas en el 2020 tratan sobre individuos o grupos privados de su libertad. La resolución no. 79/2020 buscaba que Colombia tomara medidas para proteger a Jorge Ernesto López Zea, un individuo con una delicada condición médica mientras se encuentra en prisión. De manera similar, la resolución no. 82/2020 buscó que Nicaragua diera atención médica adecuada a 41 “prisioneros políticos” ubicados a través de todo el país. Inmigrantes detenidos en Tacoma, Washington son los principales beneficiarios de la resolución no. 41/2020, la cual buscó que los Estados Unidos les proveyera atención y cuidado médico. Finalmente, la resolución no. 43/2020 trató sobre una persona desaparecida llamada Facundo José Astudillo Castro y buscaba que Argentina localizara y protegiera a este individuo luego de haber sido arrestado por la policía por violar el toque de queda nacional.

Hasta mayo del 2021, sólo dos medidas cautelares relacionadas al COVID-19 han sido emitidas: resolución no. 1/2021 sobre Brasil y resolución no. 33/2021 sobre Nicaragua.

En cuanto a la Corte IDH, ésta ha emitido medidas provisionales relacionadas al COVID-19 solamente una vez en el caso Vélez Loor v. Panamá. La resolución emitida en julio del 2020 se refiere a las condiciones deplorables en las facilidades de migración en Panamá. La Corte pide al gobierno panameño que proteja la salud de los inmigrantes y provea el cuidado médico necesario contra el COVID-19 en los centros migratorios sobre poblados. Durante la sesión de inauguración del año judicial 2021, la actual presidenta de la Corte, jueza Elizabeth Odio Benito de Costa Rica mencionó cómo COVID-19 “nos ha mostrado que requerimos una visión de desarrollo desde los derechos humanos sin divisiones, tomando en cuenta su interdependencia e interconexión. Es imposible no mencionar que el covid-19 ha desnudado en toda su crudeza el mayor mal endémico de nuestras sociedades latinoamericanas: la desigualdad y discriminación.” La jueza presidente dejará su posición en la corte en diciembre del 2021, luego de cinco años en la misma. El gobierno costarricense nominará a Nancy Hernández López, una conocida jueza de la Corte Suprema de su país para reemplazar a Odio Benito.

Por Marcelo Rodríguez

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