Reportes sobre el COVID-19 en América Latina y el Caribe: No. 23 (In English)
Debido al estado de emergencia sanitaria mundial, el 19 de marzo del 2020 en la Argentina, se publicó el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) N° 297/2020 en el Boletín Oficial. Por medio de este DNU se impuso el Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio (ASPO), el cual fue prorrogado por decretos de igual naturaleza, siendo los más recientes el DNU N° 792/2020, de 12 de octubre, que estableció la medida de Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio (DISPO), el DNU N° 814/2020 de 25 de octubre, el DNU N° 875/2020 de 07 de noviembre y el DNU N° 956/2020 de 30 de noviembre.

A raíz de la decisión adoptada por el Poder Ejecutivo nacional, los distintos tribunales de justicia del país debieron ejecutar, en el marco de sus competencias, aquellos actos necesarios para acompañar las medidas de emergencia y preservar la salud del personal del Poder Judicial y la de todas aquellas personas que concurren diariamente a los juzgados y sus dependencias. En ese sentido, el sistema de justicia, al inicio, solo funcionó por medio de sus juzgados de turno, brindando una prestación del servicio limitada a la atención de asuntos de urgente despacho o de aquellos que, por su naturaleza, no admitían demora.
En ese contexto, por medio de acuerdos y resoluciones, se reguló la situación judicial. A modo de referencia solo se cita en este reporte la normativa de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) y la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires (SCBA). En cada uno de los tribunales superiores provinciales se han dictado disposiciones similares. Estas pueden dividirse en 3 grupos.

Un 1° grupo lo conforman aquellas que dispusieron:
- Licencias laborales de carácter excepcional para magistrados, funcionarios y empleados que hubiesen regresado al país procedentes de áreas con alta circulación y transmisión de coronavirus (COVID-19) (CSJN Acordada 3/2020 – SCBA Resolución 271/2020);
- Habilitación de suspensión de actividades judiciales extraordinarias (CSJN Acordada 9/2020 – SCBA Resolución 386/2020);
- Turnos mínimos para atención de asuntos de urgente despacho (CSJN Acordada 4/2020 – SCBA Resolución 386/2020).

En un 2° grupo, las disposiciones estuvieron dirigidas a:
- Implementar el trabajo domiciliario en el ámbito de la justicia (CSJN Acordada 6/2020 – SCBA Resolución de Presidencia 18/2020);
- Usar la firma electrónica (CSJN Acordada 11/2020 y 12/2020 – SCBA Acordada 3971/2020);
- Regular la forma electrónica y digital para actos jurisdiccionales y administrativos (CSJN Acordada 11/2020 – SCBA Acuerdo 3971/2020);
- Posibilitar la celebración de acuerdos de Ministros en forma virtual (CSJN Acordada 11/2020 – SCBA Acuerdo 3971/2020).
Y en un 3° grupo, se enfocaron a protocolizar y reglamentar procesos, como:
- La presentación remota de ciertos tipos de recursos y de escritos judiciales, así como la admisión de escritos digitales con firma electrónica (CSJN Acordada 11/2020 – SCBA Resolución de presidencia 15/2020);
- El reglamento para los escritos, resoluciones, actuaciones, diligencias y expedientes judiciales (CSJN Acordada 15/2020 – SCBA Acuerdo 3975/2020);
- El procedimiento de recepción de demandas y la interposición de cierto tipo de recursos (CSJN Acordada 12/2020 Anexo – SCBA Resolución de presidencia 15/2020).
La región del AMBA (zona urbana común que conforman la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los 40 municipios de la provincia de Buenos Aires), sostuvo restricciones en contexto de aislamiento por un tiempo considerable.
La CSJN a través de las Acordadas 27/2020, 30/2020 y 31/2020, a partir del mes de julio, dispuso progresivamente el levantamiento de la suspensión de actividades en las distintas instancias y jurisdicciones de su competencia. Lo mismo dispuso la SCBA, por medio de la Resolución 1250/2020 a partir del mes de noviembre.
La prórroga de la situación del estado de emergencia exigió mantener y profundizar un conjunto de medidas que regularon los procedimientos y herramientas tecnológicas a ser aplicados en la prestación del servicio jurisdiccional. La denominada “e-justicia” que tímidamente se mostraba antes del COVID-19, se desarrolló exponencialmente debido a la pandemia.
Por Bárbara Krieger